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PROTÉJASE DE LAS ESTAFAS ELECTRÓNICAS.

1- Introducción

Inverjenos S.A.S. se ha comprometido con la transparencia y la ética empresarial en todas sus transacciones y operaciones desarrolladas con ocasión de su objeto social. Por lo tanto, la Junta Directiva de la sociedad ha aprobado el Manual de Transparencia y Ética empresarial, en el cual se definen todas las actividades de control tendientes a la debida gestión de los riesgos vinculados a la corrupción, el soborno y los conflictos de interés. Estos lineamientos, que son de cumplimiento obligatorio para todos los empleados de la organización, están contenidos en la siguiente política.

2- Objetivo

Desarrollar y comunicar a toda la organización, los lineamientos generales y obligatorios para la debida gestión de los riesgos de corrupción, el soborno y los conflictos de interés en las operaciones que desarrolle Inverjenos S.A.S.

3- Alcance

Esta política tiene alcance sobre todos los empleados de la compañía y a todos los procesos y actividades que desarrolla para la operación de su objeto social. 

4- Políticas Generales del Programa de Transparencia y Ética Empresarial (PTEE)

Con el fin de orientar la actuación de todos los grupos de interés de Inverjenos S.A.S., se relacionan las políticas y lineamientos generales que deben ser adoptados para lograr la efectiva implementación del PTEE.

• En Inverjenos S.A.S. se promueve y se trabaja por una cultura institucional contra la corrupción y el soborno transnacional.
• En esa medida Inverjenos S.A.S. no tolera ningún acto de corrupción o soborno, sea este nacional o trasnacional y en esa medida no distingue entre funcionarios público o particulares en lo que se refiere a los comportamientos o prácticas corruptas.
• Las disposiciones aquí contenidas son de obligatorio cumplimiento para todos los grupos de interés de las empresas que conforman Inverjenos S.A.S. y constituyen reglas de conductas que no podrán violarse en algún caso.
• Este documento soporte del sistema es de orientación para todos los grupos de interés de la sociedad, y su aprobación y modificaciones deben ser aprobadas para que surtan efectos por los Altos Directivos de la sociedad.
• El Programa de Transparencia y Ética Empresarial está compuesto por procedimientos y elementos que le permiten tener un adecuado conocimiento de clientes, proveedores, socios, funcionarios y de las personas expuestas políticamente que tengan alguna relación con Inverjenos S.A.S. De esta manera, llevar a cabo negocios de manera ética, transparente y honesta.
• Con el fin de comunicar efectivamente y permear a todos los interlocutores de Inverjenos S.A.S. se realizarán capacitaciones sobre este sistema al interior de Inverjenos S.A.S. • Las políticas, procedimientos, metodologías, los criterios de medición, las escalas de valoración del programa se revisarán y/o se actualizarán una (1) vez al año, con el fin de mantener actualizado el programa, según las nuevas tipologías de corrupción utilizadas.
• Cuando Inverjenos S.A.S. incursione en nuevos mercados, ofrezca nuevos productos o haga cambios en el negocio, los Altos Directivos junto al Oficial de Cumplimiento deberán evaluar el riesgo de corrupción y soborno que implica y dejar constancia del análisis realizado.
• No se llevarán a cabo operaciones, actividades, negocios y contratos sin que exista el respectivo soporte interno o externo, debidamente fechado y autorizado por las personas con atribuciones para tal fin. Esta documentación
corresponde el respaldo probatorio para cualquier investigación que puedan adelantar las autoridades competentes.
• Inverjenos S.A.S., cuenta con procedimientos definidos para el adecuado manejo y custodia de la documentación los cuales garantizan la integridad, actualización, oportunidad, confiabilidad, trazabilidad, reserva y disponibilidad
de la información.
• Los conflictos de interés entre los diferentes partes relacionados con el PTEE que se pudieran presentar son resueltos con base en los lineamientos de la Altos Directivos, cumpliendo con la normatividad aplicable.
• Inverjenos S.A.S. evitará tener algún tipo de relación con proveedores, clientes, colaboradores y socios que se encuentren incluidos en las listas restrictivas en materia de Soborno Transnacional.
• Cualquier tipo de relación que se pueda generar con PEPS bien sean estas nacionales o extranjeras, deberá ser validada por los Altos Directivos en cooperación con el oficial de cumplimiento y aplicar la debida diligencia
avanzada para todos los casos.
• Inverjenos S.A.S. no establecerá ninguna relación comercial o jurídica con personas naturales o jurídicas de las cuales se tengan dudas sobre el origen de sus fondos, tengan vínculos con organizaciones al margen de la ley, se encuentran en listas restrictivas por ser susceptibles a soborno.
• Los procedimientos definidos permiten identificar, detectar, prevenir y mitigar el impacto de riesgo frente a un posible contagio o soborno transnacional.
• La identificación de los riesgos y controles relacionados con corrupción y soborno transnacional, así como de sus fuentes, es responsabilidad de todos los grupos de interés. Los líderes de los procesos deben definir las medidas de control para cada riesgo, de acuerdo a los factores de riesgos asociados y las recomendaciones dadas por el Oficial de Cumplimiento.
• La información de vinculación o actualización de los clientes, proveedores, colaboradores y grupos de interés en general, debe ser oportuna, permanente y actualizada, siendo revisada como mínimo anualmente.
• Inverjenos S.A.S. es autónoma para tomar decisiones de rechazo, exclusión o desvinculación de clientes, proveedores, empleado o socios.
• Los procesos de conocimiento de contrapartes que sea realizado por otras entidades no eximirán de responsabilidad a Inverjenos S.A.S. frente a la debida diligencia de conocimiento de la contraparte.
• Para las personas jurídicas o naturales con mayor exposición al riesgo de corrupción transnacional, se debe realizar un análisis de riesgo más excautiva en cuanto a los factores legales, financiares y contables.
• Incluir dentro de los formatos de vinculación de vínculos comerciales con las personas jurídicas o naturales, el compromiso de los colaboradores en aplicar una tolerancia cero hacia el soborno y la corrupción en todas nuestras
transacciones de negocios y que el incumplimiento a la PTEE podría dar por terminado las relaciones contractuales.

a. Política de participación y/o colaboración con el estado
Con el propósito de participar activamente en la lucha contra la corrupción y el soborno trasnacional, la compañía colaborará efectivamente con las entidades estatales sean estas nacionales, departamentales y/o municipales para que las
investigaciones que se realicen por la posible comisión de estos hechos se puedan adelantar en debida forma.
En esa medida, el relacionamiento que tengan los colaboradores, asesores y contratistas de la Compañía, serán únicamente los necesarios para dar cumplimiento a las obligaciones legales que la compañía es acreedora y, por esa razón, no está permitido en ninguna circunstancia dar o recibir a ningún título beneficios a un funcionario público, de forma directa o indirecta, ni a través de cualquier tercero o en nombre de Inverjenos S.A.S.
En cualquier caso, El Grupo no financiará a partidos políticos, sus fundaciones, representantes o candidatos, ni patrocinará ningún acontecimiento cuyo fin exclusivo sea la propaganda política. Sin perjuicio de lo anterior, se aclara que, los colaboradores de Inverjenos S.A.S., al no tener la calidad de servidores públicos, son libres de participar en cualquier tipo de actividad comunitaria, benéfica o política de su elección, a título personal, con sus propios fondos y en su tiempo libre, pero dichas actividades no deben interferir con el desarrollo de su trabajo para el Grupo ni generar conflictos de intereses. Los empleados deben tener cuidado de asegurarse de que esta actividad no pueda interpretarse como hecha en nombre de, o en conexión con, nuestra actividad (salvo que esté autorizado).
b. Política de no retaliación
Inverjenos S.A.S., manifiesta a todos los grupos de interés que no se generará ningún acto de retaliación, venganza, castigo, sanción o cualquier otra conducta por parte de la compañía y/o sus representantes cuando se presente alguna denuncia que
permita inferir que se están generando posibles actos o hechos de soborno
trasnacional y/o corrupción.
c. Política de transparencia contable
Inverjenos S.A.S., adelantará la gestión contable atendiendo a la rigurosidad
determinada en la legislación vigente. En todo caso, se tendrán como buenas
prácticas, las siguientes:
✓ La compañía identificará de manera detallada todas las transacciones
financieras que gestione y, deberá registrarlas en los estados financieros de
la compañía conforme a las políticas contables.
✓ Está terminantemente prohibido llevar doble contabilidad o registros que
tengan como propósito llevar una doble contabilidad de los negocios de la
empresa.
✓ La contabilidad, así como todos los documentos soportes que la componen
y justifican deberán conservarse de acuerdo con lo establecido en la
legislación vigente, no pudiendo destruirse intencionalmente bajo ninguna
circunstancia antes de dicho plazo.
✓ La compañía asumirá, cumplirá y pagará de acuerdo las normas vigentes,
con los impuestos nacionales, territoriales y distritales a los que esté obligado.
d. Política de relacionamiento con contrapartes.
✓ Las contrataciones que realice la compañía estarán enfocadas en lograr los
mejores resultados operacionales para la sociedad y, en esa medida, las
motivaciones de contratación se sustentarán exclusivamente en ese
propósito.
✓ En esa medida Inverjenos S.A.S. no será participe, ni instrumentará a ninguno
de sus grupos de interés para la comisión de actos o hechos que puedan
constituir cualquier tipología de corrupción y/o soborno trasnacional.
✓ Como mecanismo para garantizar que las contrapartes o grupos de interés
acatarán las políticas de este PTEE, se establecerán dentro de los contratos,
convenios y/o acuerdos que se celebren entre Inverjenos S.A.S. y cada uno
de ellos, cláusulas y/ o declaraciones que obliguen al efectivo cumplimiento
de tales obligaciones.
✓ La compañía adoptará los mecanismos internos necesarios de debida
diligencia para conocer a las potenciales contrapartes antes de realizar o
tener con ellas cualquier tipo operación o cualquier vínculo de negocios,
contractual o jurídico de cualquier orden o naturaleza. De la misma manera,
adoptará medidas de controles periódicos durante la ejecución de tales
contratos o acuerdos, en aras de mitigar los riesgos de corrupción durante la
ejecución de los respectivos contratos.
e. Política respecto de donaciones y patrocinios
En caso que la compañía quiera desarrollar donaciones o patrocinios, estos
deben identificar al beneficiario final efectivo de tal patrocinio o donación,
deben estar debidamente documentados y contabilizados y, en todo caso,
deberán respetar los topes y parámetros que para tales efectos se definan
por el Grupo y/o por la legislación vigente.
En todo caso, las donaciones han de estar relacionadas a apoyar el sector
y deben estar directamente relacionadas con el desarrollo del objeto social.
f. Política de Regalos y Atenciones
La regla general es que a personal privado, no debe hacerse o aceptarse la
entrega o recibo de regalos ni obsequios, incluido el dinero en efectivo para
conseguir relacionarse con los grupos de interés, sin embargo, la política de
la compañía, acepta la posibilidad de obsequiar o recibir regalos, siempre y
cuando estos sean razonables, y su valor no pueda considerarse
excesivamente alto, lujoso o exagerado, a modo de ejemplo se pueden
encontrar los siguientes:
✓ Material publicitario de propiedad de la compañía
✓ Las invitaciones a congresos, capacitaciones, foros, asesorías, entre otros,
realizadas por parte de un tercero a colaboradores de la compañía y
que sean concernientes al cargo desempeñado.
g. Política de Gastos de Viaje
Es responsabilidad de cada empleado dar cumplimiento a la Política de
Gastos de Viaje vigente en la compañía. En todo caso, se espera de los
empleados de la empresa que hagan un buen uso de los recursos
institucionales y aporten los soportes de cada transacción cuyo reembolso
esperan recibir por parte de la Empresa.
h. Política de ejercicio simultáneo de cargos al interior de la empresa
Por regla general, una sola persona no debe ejercer más de dos (2) cargos
dentro de la organización. No obstante, lo anterior, los colaboradores que
por actos transitorios o permanentes ejerzan más de dos (2) cargos dentro
de la organización, deberán revelar los conflictos de interés que se
ocasionen como consecuencia de ello, en atención a la política de
revelación de conflictos de interés. Y en todo caso, deberán estar
previamente avalados por los Altos Directivos.
i. Política de vinculación de familiares
La compañía, por regla general no aceptará que se nombren a familiares
dentro del primer grado de consanguinidad, segundo de afinidad o único
civil de colaboradores, asesores y/o contratistas de la empresa.
La contratación deberá realizarse de acuerdo con los perfiles de cada uno
de los cargos y en atención a los manuales de funciones y competencias
determinados en la organización.
j. Políticas de vinculación de exservidores públicos, contratistas o proveedores
La sociedad se abstendrá de nombrar a PEP´s que tengan relación con el sector en el cual
se desenvuelve la empresa como empleados, asesores y contratistas por un periodo de dos
(2) años contados a partir de la fecha en que esta persona haya renunciado haya sido
despedida y/o haya sido declarada insubsistente.
Política de Adquisiciones, fusiones y otras operaciones corporativas.
En caso que llegare a requerirse el desarrollo de cualquier operación que implique el
desarrollo de una operación conjunta o que conlleve a la inversión de capital, esta
transacción deberá ser evaluada previamente por el Oficial de Cumplimiento, quien, en
cumplimiento de las políticas del multinacional Grupo Sony procurará realizar la evaluación
con el departamento jurídico de la compañía, para que se establezca si existe la necesidad
de realizar un proceso de due diligence previo al desarrollo de la operación. En esa medida,
no podrá desarrollarse ninguna transacción en contravía de lo aquí descrito. Este evento
aplica además para todas las transacciones que sobre venta de activos se pretendan
desarrollar en la compañía
Política de solución de conflictos de interés
Los administradores y todos los empleados de Inverjenos S.A.S. deberán actuar con
diligencia y lealtad hacia la compañía, y deberán abstenerse de intervenir directa o
indirectamente, en los estudios, actividades, gestiones, decisiones o actuaciones en los que
exista un conflicto de interés.
Entiéndase por conflicto de interés, las situaciones en virtud de las cuales un socio o
accionista, un directivo, un administrador o un empleado de la sociedad, que deba tomar
una decisión o realizar u omitir una acción en razón de sus funciones, tenga la opción de
escoger entre el beneficio de la sociedad y su interés propio o de terceros, de forma tal que
se beneficiaría patrimonial o extra patrimonialmente, para sí o para el tercero,
desconociendo un deber ético, legal, contractual o estatutario u obteniendo así un
provecho de cualquier tipo que de otra forma no recibiría.
- Revelación de Conflictos de Interés en la sociedad:
Los socios o accionistas de la sociedad, así como los miembros de la Altos Directivos (si ello
aplica), el Representante Legal, los administradores, y todos los demás empleados,
colaboradores y contratistas de la organización deberán revelar cualquier conflicto entre
sus intereses personales y los intereses de la organización, al tratar con clientes, proveedores,
contratistas y cualquier persona que realice o pretenda ejecutar negocios con la Sociedad
o con empresas en las que ésta tenga participación o interés, directa o indirectamente.
- Administración de los Conflictos de Interés:
Para solucionar situaciones de conflicto de interés, se atenderá el siguiente procedimiento:
a) En caso de que el conflicto de interés ataña a un empleado de la Sociedad,
diferente de los administradores de esta, deberá informar por escrito a su superior
jerárquico y/o al Oficial de Cumplimiento a efectos de que éste defina sobre el
particular y si estima que existe el conflicto de interés, designe a quien reemplazará
a la persona incursa en él;
b) n caso de que el conflicto de interés ataña a un administrador de la organización,
se dará cumplimiento a lo establecido en el último párrafo del artículo 23 de la Ley
222 de 1995, respecto de los deberes de los administradores y que se refiere
expresamente a:
c) Abstenerse de participar por sí o por interpuesta persona en interés personal o de
terceros, en actividades que impliquen competencia con la sociedad o en actos
respecto de los cuales exista conflicto de intereses, salvo autorización expresa de la
Altos Directivos (si ello aplica) o al máximo órgano social.
d) En estos casos, el administrador suministrará al órgano social correspondiente toda
la información que sea relevante para la toma de la decisión. De la respectiva
determinación deberá excluirse el voto del administrador, si fuera socio. En todo
caso, la autorización de la Altos Directivos (si ello aplica) o el máximo órgano social
sólo podrá otorgarse cuando el acto no perjudique los intereses de la sociedad.
e) Los miembros de la Altos Directivos (si ello aplica) darán a conocer a este mismo órgano societario la situación de conflicto de interés. La duda respecto de la configuración de actos que comporten conflictos de interés no exime al miembro de la Altos Directivos (si ello aplica) de la obligación de abstenerse de participar en las actividades respectivas, por lo que a decisión de los demás miembros de Altos Directivos (si ello aplica), podrá solicitarle se retire del lugar de la reunión o se abstenga de votar.
La protección de datos y la seguridad de nuestros clientes es de suma importancia para FOOD DELIVERY BRANDS, S.A. (en adelante Pizza Hut) y tomamos todas las medidas posibles para proteger a nuestros clientes de cualquier tipo de estafa o fraude electrónica y "Phishing".
Le aconsejamos estar informado sobre los correos electrónicos fraudulentos y, asimismo, notificamos a todos los clientes de Pizza Hut lo siguiente:
  • Todas las comunicaciones oficiales del Pizza Hut se envían desde el dominio @pizzahut.com.co

  • Pizza Hut nunca pedirá a sus clientes por su usuario y/o contraseña, ni ningún tipo de dato personal excepto cuando se dan de alta en nuestra Página Web o APP.

  • Pizza Hut no cobrará ningún cargo a nuestros clientes por participar en promociones, concursos, etc.

  • Pizza Hut no cobra ningún cargo por contratación de personal.

  • Pizza Hut nunca requerirá un depósito por contratación ni solicita a los postulantes cargos de ningún tipo.

  • Pizza Hut jamás realizará una oferta de empleo sin una entrevista personal o mediante videoconferencia con el postulante.

Además, el programa de ofertas y promociones de la marca Pizza Hut envía correos electrónicos donde se solicita a los destinatarios pulsar en un enlace para iniciar sesión en la cuenta de Pizza Hut y los destinatarios deben asegurarse de que tales correos electrónicos se envíen desde una dirección de correo electrónico que termine con @pizzahut.com.co
También debería sospechar de correos electrónicos o comunicaciones que pretendan provenir de Pizza Hut donde se le informe que ha ganado un premio en un sorteo. Pizza Hut no realiza sorteos sin comunicarlo antes de realizarlo. Si recibe un correo electrónico de este tipo, no responda y bórrelo inmediatamente.
APRENDA A RECONOCER EL "PHISHING" Y LAS ESTAFAS ELECTRÓNICAS
Cada año se incrementa exponencialmente el número de ataques diarios de phishing, habiéndose convertido ésta en una de las estafas más frecuentes de internet. Quienes llevan a cabo esta estafa electrónica, lo hacen a través de la obtención de información confidencial, como contraseñas bancarias o información de tarjetas de crédito.
Mediante el phishing los ciberdelincuentes se hacen pasar por una empresa, por una institución o por un servicio conocido y con buena reputación para conseguir robar, mediante engaño, información privada como tus credenciales de acceso a distintas páginas web o tus datos bancarios. Es fundamental tener en cuenta que esta práctica fraudulenta se apoya en la reputación social, es decir, su éxito se basa en la confianza que tienes en la empresa o institución que está siendo suplantada. Además, en ocasiones, el phishing también se utiliza para infectar los dispositivos con algún tipo de programa malicioso o malware.
La gran mayoría de casos de phishing se distribuyen a través del correo electrónico, ya que a los ciberdelincuentes les resulta relativamente sencillo utilizar este medio para difundir sus ataques al contar con un elevado número de direcciones de email que han recopilado de muy diversas formas.
Los correos electrónicos de "Phishing" pretenden sustraer sus datos personales, la información de su cuenta de Pizza Hut o incluso sus datos bancarios. Normalmente, el correo electrónico le solicitará datos personales o bancarios o le redirigirá a un sitio web para que inicie sesión en su cuenta, por lo que por favor le recomendamos que tenga los siguientes puntos en cuenta:
  • Los correos electrónicos podrían parecer como provenientes de Pizza Hut. Incluso la dirección de correo electrónico podría aparecer como perteneciente a @pizzahut.com.co

  • Los correos electrónicos podrían parecer como enviados por alguien que conoce.

  • Podrían incluir logotipos que se asemejan a los logotipos oficiales de Pizza Hut u otro tipo de información extraída directamente de Pizza Hut. Los correos electrónicos de "Phishing" podrían incluir información convincente sobre sus datos personales que el estafador encontró en páginas de redes sociales.

  • Podrían incluir enlaces a sitios web falsificados donde se le solicitará proporcionar la información de inicio de sesión en su cuenta. El sitio web falsificado podría tener una apariencia similar a los sitios web de Pizza Hut

PROTÉJASE CONTRA LOS FRAUDES ELECTRÓNICOS
Ante el continuo incremento de las distintas formas de fraude electrónico, le aconsejamos tener en cuenta las siguientes recomendaciones:
  • Sospeche de cualquier correo electrónico que solicite información personal o actualizar la información de su cuenta.

  • Antes de pulsar en el enlace del correo electrónico, compruebe que la dirección del sitio web coincida con el enlace real y no sea un sitio web "enmascarado" situando la flecha del ratón encima del enlace sin pulsarlo para ver el dominio y verificar si es de Pizza Hut.

  • Asegúrese de que el navegador haya abierto las direcciones genuinas de los sitios web de Pizza Hut. Los estafadores electrónicos a menudo utilizan direcciones web muy parecidas al nombre de una empresa reconocida excepto por la adición, omisión o cambio de lugar de algunas letras.

  • Finalmente, y si por desgracia has sufrido este fraude, te recomendamos denunciar los hechos ante las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, aportando el mayor número de pruebas posible, de forma que con todas ella puedan realizar las investigaciones oportunas a fin de poner cerco y detener a los ciberdelincuentes. También puedes acudir a la oficina de Seguridad del Internauta llamando gratuitamente al 017 o contactarles a través de su página web https://www.osi.es/ o enviarles un correo a: incidencias@incibe-cert.es.